INFORMACIÓN PARA LOS USUARIOS – PROCESO CAMBIO DE COMERCIALIZADOR

De acuerdo con resolución 156 CREG DE 2011 en donde se estipula el Reglamento de Comercialización para la prestación del servicio público de energía eléctrica y dando cumplimiento al artículo 53 y 54 informamos a los usuarios el proceso y requisitos para realizar cambio de Comercializador.

En Colombia a través de lo establecido artículo 9 de la ley 142 de 1994. del régimen de los servicios públicos domiciliarios se consagra el derecho de los usuarios de servicio público de energía eléctrica a la libre elección del prestador del servicio de energía y del proveedor de los bienes necesarios para su obtención y utilización.

A continuación, presentamos el proceso de suministro de servicio de energía eléctrico y como SPECTRUM, como comercializador representante y responsable de la última etapa de la cadena de valor ofrece al mercado:

  • La prestación de un Servicio Eficiente con Tarifas Competitivas y respuestas efectivas a las diferentes necesidades de nuestros clientes.
  • Desarrollo de proyectos eléctricos como respaldo a una excelente prestación de servicio de energía eléctrica, con un talento humano calificado.
  • Soporte técnico y asesoría como proveedor de energía:
  • Control de consumos y matriz de energía Activa y Reactiva.
  • Mantenimiento de infraestructura.
  • Proyectos para Uso Racional de Energía [URE].
  • Asesoría comercial permanente.
  • Asesoría en temas energéticos y técnicos con actualización permanente.

Dentro del mercado de energía como SPECTRUM, existen otros comercializadores que prestan este servicio:

Nuestro Compromiso como SPECTRUM es proporcionar una Tarifa de Energía que le permita disminuir el monto de su facturación mensual, sin olvidar nuestra filosofía empresarial de ofrecerle energía respaldada en contratos realizados con los principales Generadores del Mercado Eléctrico Colombiano. Dentro del siguiente enlace https://www.spectrum-r.com/tarifas-reguladas/ se encontrará el Costo Unitario aplicado a los Usuarios de Mercado Regulado durante los últimos 12 meses.

Somos una Empresa Comercializadora de Energía Eléctrica dentro de la cual, de acuerdo con resolución CREG 131/98 ofrecemos a nivel nacional servicio a los siguientes tipos de usuarios:

  • Mercado Regulado: Usuarios con consumo inferior igual a 55.000 KWh/mes, quienes se rigen bajo las tarifas reguladas y por el contrato de Condiciones Uniformes.
  • Mercado No Regulado: Usuarios con consumo superior a 55.000 KWh/mes y/o carga > a 100 KW. Dentro de este mercado los clientes a través de un contrato firman unas condiciones en donde se negocia la G y C de la tarifa.